La Sala N°1 de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas, Secretaria “A”, de la Primera Circunscripción Judicial, bajo la presidencia de la Jueza Dra. Paola María Petrillo de Torcivia, ha resuelto fijar una cuota alimentaria del 30% y la cobertura del 50% de los gastos médicos extraordinarios a favor de un joven con trastorno de conducta. La resolución se origina en una demanda interpuesta por la madre del joven, quien solicitó el apoyo económico del padre para cubrir los costos de tratamiento y otros gastos necesarios debido a la condición de su hijo.

Según el fallo, la madre del joven había solicitado un acuerdo con el padre en la Defensoría General, pero él no se presentó. En su defensa, el padre negó algunas acusaciones pero no el trastorno del joven. La jueza, después de escuchar a ambas partes y a los testigos, determinó la obligación del padre de contribuir al bienestar de su hijo, en base al artículo 662 del Código Civil y Comercial de la Nación.

La cuota alimentaria, del 30% de los ingresos del padre, deberá ser depositada entre el 01 y el 10 de cada mes, aplicándose intereses por mora en caso de retraso. Además, el padre deberá cubrir el 50% de los gastos extraordinarios relacionados con las prestaciones médicas necesarias. En caso de incumplimiento, el asunto será remitido a la justicia penal. Los costos judiciales del proceso también serán asumidos por el demandado.


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